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Cada solicitud de residencia se rige por la Dirección General de Migración y Extranjería. Los procedimientos de inmigración cambian con frecuencia; para evitar confusiones y retrasos, por favor, consulte con su abogado sobre los procedimientos adecuados para su aplicación de residencia.
En los últimos años, Costa Rica se ha sido inundada con solicitudes de residencia. Como resultado de ello, esperan largas demoras en la tramitación de nuevas solicitudes. Un abogado con experiencia y conocimiento de inmigración acelerará las cosas considerablemente. Le podemos recomendar un abogado de confianza.
Nota:
En Agosto del 2009 los diputados de La Asemblea Legislativa de Costa Rica aprobaron la nueva ley de Migración, lo cual entra a regir apartir del Febrero de 2010. Ahora los ingresos para la categoria de Pensionado es de $1000 por mes y por la categoria de Rentista es $2500 por mes. Los montos son por individuos o parejas. Hasta el reglamento esta aprobado en Febrero del 2010 los anteriores montos de $600 y $1000 estan en efecto.
Actualizando Los Cambios: LA COMPRA DE UNA CASA PODRÍA AYUDARLE CONSEGUIR LA CEDULA DE RESIDENCIA DE COSTA RICA
Debido a los cambios aprobados por la Asemblea Legistlativa de Costa Rica, la Dirección de Migración y Extranjería emitió una directivo administrativo el 28 de Agosto del 2009, el cual substancialmente cambia los requisitos en la categoría de Inversionista. Anteriormente, el inversionista tenía que tener un negocio con empleados Costarricenses y registrarse con Hacienda para tramitar su residencía en este categoría. Ahora, una inversion en bienes raíces en Costa Rica le da la facilidad de aplicar, puede conseguir una Residencía Temporal renovable cada año. Así que la compra de una casa ú otra propiedad con un valor mayor a los $200,000 PODRÍA llenar la obligación de inversion para conseguir residencía bajo la categoría Inversionista. Siempre existe la obligación de reportar la inversion a Tributación, entonces es mejor comprar la propiedad en el nombre de una Sociedad Anónima, lo cual entonces se reporta como inactivo cada año. Establecer la companía tipicamente le cuesa $500 y los impuestos anuales son mínimos. Después de 3 años, se puede tramitar el cambio de residencía temporal a permanente. La categoría Inversionista también se aplica a inversiones en acciones en compañías, actividades productiveos y proyecots considerados de interés nacional, en unos casos con montos menores de los $200,000. Usamos el termion PODRÍA, porque la ley toma efecto hasta el primero de Marzo 2010. Entonces Migración emitiría sus reglamento administrativa, y podrían modificar el circular citado a continuación:
Se reforma el artículo 27, inciso 4, de la Circular SDG-461-2007 del 12 marzo de 2007, referente a la Residencia Temporal para Inversionistas, de la siguiente manera:4. Proyecto de inversión iqual o superior a US $ 200.000 (doscientos mil dólares), moneda de los Estados Unidos de América, según el tipo de cambio oficial de venta que determine el Banco Central de Costa Rica, ya sea en bienes inmuebles, acciones, valores y proyectos productivos, o proyectos de interés nacional. Para la renovación de la condición migratoria de residente inversionista, será indispensable acreditar que dicha inversión está debidamente registrada ante Tributación Directa. SOURCE: Modificación artículo 27, Inciso 4 y Artículo 36 de la Circular SDG-461-2007. Circular-UPI-239-2009-LAS. Dirección General de Migración y Extranjería.
Si está planeando jubilarse en Costa Rica y usted tiene una pensión o tiene ingresos de inversión, entonces puede optar por residencia RENTISTA o DE PENSIONES.
Ambos Pensionado y Rentista beneficiarios deben atenerse a los siguientes:
Nota especial: Ten en cuenta que todos los documentos originales que se presenten la propiedad exclusiva del Departamento de Inmigración y no serán devueltos a usted.
Nota: en esta categoría hay documentación adicional que no esta indicada arriba.
Empleado o representante de una empresa extranjera que trabaja en Costa Rica.
Entre ellas: personal de nivel ejecutivo, personal técnico y profesional. La empresa debe demostrar que posee experiencia y conocimientos vitales para el negocio.
Las categorías anteriores son los más comunes utilizados para obtener la residencia. También son las más rápidas y fáciles. Hay otras categorías disponibles. Si no caben cómodamente en cualquiera de las anteriores, pregúntele a su abogado cómo usted podría calificar para la residencia.
| Beneficio / Requisitos | Rentista | Pensionado | Inversionista | Representante | Permanente |
| Prueba de ingresos o inversión (1) | $ 600 mensual | $1000 mensual or $60,000 invertido | $200,000 invertido | Ninguno | Ninguno |
| Presencia Mínimo anual | 4 meses | 4 meses | 6 meses | 6 meses | Visita Anual |
| Cónyuge y dependientes menores de 18 años (2) | Sí | Sí | No | No | No |
| Trabajar como empleado o ganar un ingreso | No | No | Ganar renta de un proyecto/inversión | Yes | Yes |
| Puede ganar dividendos de una inversión en CR | Yes | Yes | Yes | Yes | Yes |
(1) Pensionado - debe ser ingreso de fuente permanente, Rentista - quizás mostrar solo inversión documentada, Inversionista - algunas industrias han especificado las cantidades por debajo de $ 200.000, Representante - El solicitante debe ser director de una empresa que reúna determinados requisitos, Permanente – Pariente cercano con un ciudadano de Costa Rica (a través del matrimonio con un ciudadano o de tener un hijo Costarricense) o puede solicitar después de 3 años de residencia en otro estatus.